Pluralismo Jurídico en el Constitucionalismo Latinoamericano
Ciclos de Reformas Constitucionales y Pluralismo Jurídico

"El primer ciclo del constitucionalismo pluralista se da con la emergencia del multiculturalismo en los ochenta del siglo XX, pero sin llegar a reconocerse el pluralismo jurídico.
El segundo ciclo de este horizonte, durante los noventa, se da luego de la adopción del Convenio 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo (1989), en el cual se reconoce el modelo de Estado pluricultural y el pluralismo jurídico.
El tercer ciclo del constitucionalismo pluralista se da luego de la adopción de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007). Las constituyentes de dos Estados andinos (Ecuador 2008 y Bolivia 2009), asumen que los pueblos indígenas constituyen naciones o nacionalidades originarias que, haciendo un nuevo pacto de Estado, conforman un Estado plurinacional. En el marco de un proyecto descolonizador, reconocen la jurisdicción indígena y aspiran a un pluralismo jurídico igualitario" (Yrigoyen, 2011:1).
Pluralismo Jurídico y Jurisdicción Indígena en Países Andinos
Durante la última década del siglo XX nuestro continente expresó reformas en sus constituciones que implicaron el reconocimiento de la pluralidad cultural del Estado-Nación así como el Pluralismo Jurídico y la Jurísdicción Indígena, no todos los países lo reconocieron en la misma medida, tal y como lo describe el siguiente cuadro expuesto por Raquel Yrigoyen (2011:9).

Para saber más...
Si te anima conocer más detalles sobre el marco pluralista en nuestras constituciones te recomendamos leer el siguiente texto de Raquel Yrigoyen (2011):
"Pluralismo Jurídico y Jurisdicción indígena en el horizonte del constitucionalismo pluralista"